viernes, 3 de noviembre de 2017

Si va a comprar una vivienda amueblada, esto le va a interesar

Si está usted valorando la adquisición de una vivienda usada y en la oferta incluye muebles y electrodomésticos, sería de interés que hiciera una valoración separada de dichos bienes, una vez relacionados, en la escritura de compraventa. De esta forma conseguirá un interesante ahorro de impuestos.

El citado ahorro se traduce en un menor gravamen en lo que al impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) se refiere, pasando a tributar un 4%, en lugar de entre un 6% y un 11%, según la comunidad autónoma en la que radique el inmueble. Al mismo tiempo, si la vivienda la adquiriese con el fin de alquilarla, la amortización de la parte del precio que se haya atribuido a los muebles podrá amortizarse más rápidamente (a un ritmo del 10% anual, y no al 3% anual que se amortiza el valor que se le haya dado al inmueble).

Y lo mejor de todo es que no sólo es interesante esta medida para el comprador, sino que el vendedor también puede beneficiarse de la diferenciación en escritura de dichos valores. En este caso, puesto que el valor de venta del inmueble declarado será menor que si se hubiese incluido en la valoración la de los muebles y electrodomésticos, la ganancia objeto de tributación en la declaración de la renta del vendedor será inferior. Debido a que, por norma, los muebles se venderán a un precio inferior al de compra, esta operación no conllevará ganancia a declarar por este concepto.


Por último, vamos a llevar a la práctica lo explicado en los párrafos anteriores:

Compra de piso por 180.000 € (el vendedor lo había comprado por 130.000 €).
Mobiliario y electrodomésticos valorados en 15.000 €.

El comprador, en caso de no distinguir las valoraciones de muebles e inmueble, habría de pagar, por el ITP un 8%, lo que supondría un total de 14.400 €. Si por el contrario, relacionase y valorase los muebles en la escritura de compraventa, pagaría un total de 13.800 €. Esto supondría un ahorro de 600 € para el comprador.

Por su parte, el vendedor obtendría, en caso de no desagregar, una ganancia de 50.000 €, suponiendo la misma una cuota en su renta de 10.380 €, mientras que haciendo la distinción, la ganancia sería de 35.000 €, y la cuota de 7.230 €, es decir, 3.150 € por debajo de la anterior.

Podemos concluir el artículo permitiéndonos aconsejarle que, de identificarse con cualquiera de los contendientes en el acto de la compraventa de un inmueble usado, deje asesorarse por un profesional que a buen seguro sabrá guiarle por el camino que le sugiera menos problemas y más ahorro.

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