Por fin dietas
para los autónomos en el 2018
A partir de 2018 los gastos soportados por autónomos en
establecimientos hosteleros, como hoteles y restaurantes podrán ser deducidos
en las mismas condiciones que las dietas exentas de los trabajadores por cuenta
ajena.
Todo el colectivo de empresarios individuales está de
enhorabuena con esta nueva medida que entrara en vigor a comienzos del
siguiente año.
Las visitas a los clientes que suelen incluir comidas de
negocios y desplazamientos a veces interprovinciales, y últimamente incluso
extranjero, no van a seguir cayendo en el saco roto de liberalidades que
tradicionalmente Hacienda había excluido como gastos fiscalmente deducibles.
Con unos límites máximos diarios que a continuación te
mostramos, estos gastos serán fiscalmente deducible en tu impuesto de la renta:
CONCEPTO
|
NACIONAL
|
EXTRANJERO
|
Sin Pernocta
|
26,67 €
|
48,08 €
|
Con Pernocta
|
53,34 €
|
91,35 €
|
Es conveniente señalar que pese a ser equiparables a las
dietas exentas aplicables a los trabajadores, no es necesario que exista
desplazamiento entre municipios distintos al del domicilio, siempre que se
puedan acreditar que estén relacionados con la actividad, y para ello:
1. Estos gastos deberán pagarse por medios telemáticos
exclusivamente es decir no se admitirán operaciones en efectivo.
2. Cómo se ha comentado, hay que reflejar evidencias de
la relación con la actividad que desarrollamos, por lo que es recomendable no
deducirse gastos soportados en días no laborables y que se conserven los
documentos que acrediten los desplazamientos coma como los recibos de los
parking, parte de viajes, Comunicaciones compartidas con clientes o
proveedores,...etc).
3. Al ser una medida nueva en aplicación, como siempre,
te recomendamos que antes de ponerla en práctica te informes correctamente con
tu asesor.
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